| ¿Qué 
        es la LOPD?
 
 La 
        LOPD es la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter 
        Personal, que entró en vigor en enero de 2000.
 
 Toda empresa que tenga 
        información sobre datos personales (datos de clientes, proveedores, 
        etc.) debe cumplir una serie de requisitos, y debe inscribir dichos ficheros 
        en la Agencia de Protección de Datos.
 La no adecuación a la Ley de Protección de Datos, puede 
        conllevar graves sanciones económicas, que pueden llegar a alcanzar 
        los 601.012,10€ (100 millones de pesetas.)
 
 Para un mejor entendimiento de la ley, le presentamos un breve resumen 
        sobre los aspectos más importantes que en ella se contemplan.
 La Ley Orgánica 15/99 de Protección de Datos de Carácter 
        Personal (LOPD) tiene como objeto "garantizar y proteger, en lo que 
        concierne al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas 
        y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente 
        de su honor e intimidad personal y familiar."
 Para ello se establecen los principios de la protección de datos, 
        donde se disponen los derechos de información en la recogida de 
        datos, de consentimiento del titular de los datos, de rectificación 
        y cancelación.
 
 La principal novedad de la ley frente a la anterior, Ley Orgánica 
        5/92 de Regulación del Tratamiento Automatizado de los Datos de 
        Carácter Personal, estriba en que su vigencia se aplica a cualquier 
        tipo de fichero, entendiendo como tal "todo conjunto organizado de 
        datos de carácter personal, cualquiera que fuere la forma o modalidad 
        de su creación, almacenamiento, organización y acceso."
 Para adecuarse a la Ley, es necesaria la notificación e inscripción 
        registral del fichero a la Agencia de Protección de Datos, un Ente 
        de Derecho público cuyo objetivo es "velar por el cumplimiento 
        de la legislación sobre protección de datos y controlar 
        su aplicación, en especial en lo relativo a los derechos de información, 
        acceso, rectificación, oposición y cancelación de 
        datos."
 Además de la inscripción del fichero, es necesario que la 
        empresa cumpla con las obligaciones establecidas en la LOPD, como son 
        el notificar al titular de los datos sobre la inclusión de éstos 
        en un fichero, facilitar el derecho a la consulta, modificación, 
        rectificación y cancelación de los mismos, cumplir el deber 
        de secreto profesional, etc.
 Todo ello se viene complementado con la obligación de velar por 
        la seguridad de los datos, con el fin de protegerlos de alteración, 
        pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
 
 Para garantizar la seguridad de los datos, el responsable del fichero 
        o el encargado del tratamiento "deberán adoptar las medidas 
        de índole técnica y organizativas necesarias que garanticen 
        la seguridad de los datos de carácter personal." Para los 
        ficheros automatizados se aprobó el Real Decreto 994/99, por el 
        que se establece el "Reglamento Medidas de Seguridad de los Ficheros 
        Automatizados que contengan Datos de Carácter Personal." Entre 
        las medidas a adoptar consta la adopción del adecuado nivel de 
        seguridad, en base al cual se establecen los procedimientos mínimos 
        a implantar.
 
 La LOPD contempla infracciones y sanciones para las empresas que no cumplan 
        la ley, dividiéndolas en infracciones leves, graves y muy graves, 
        con multas que van desde los 601,01€ hasta los 60.101,21€ para 
        las leves, y pueden llegar hasta 601.012,10€ para las muy graves. 
        Entre las infracciones leves se incluye el no notificar a la Agencia de 
        Protección de Datos la creación de un fichero. Y el hecho 
        de no adoptar las medidas de seguridad establecidas en el documento de 
        seguridad supone una infracción grave.
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